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Volviendo a la irrealidad

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Referencia del Consejo de Ministros

SUMARIO

Fomento



REGULADOS LA COMPOSICIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO
DEL CONSEJO SUPERIOR POSTAL


Entre otros aspectos se refuerza la representación sindical y se extienden sus competencias como órgano informador

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Superior Postal, el órgano de participación en el sector postal de las Administraciones Públicas, los usuarios, los prestadores de servicios postales, los sindicatos más representativos en los niveles estatal y autonómico y las asociaciones filatélicas. Queda adscrito al Ministerio de Fomento, a través de su Subsecretaría.

Mediante esta nueva norma se refuerza la representación sindical a través de la participación en dicho órgano de los sindicatos más representativos no sólo a nivel estatal, sino también a nivel de Comunidades Autónomas, lo que redunda en una ampliación de la presencia de los representantes de los trabajadores en este Consejo.

Las competencias del Consejo se extienden con el incremento de sus funciones como órgano informador en materias clave para el sector postal español y, en particular, para el servicio postal universal.


Estructura y composición

El Real Decreto dota también de una nueva estructura al Pleno y a la Comisión Permanente dirigida a una mayor racionalidad, agilidad y flexibilidad en su funcionamiento, en la medida en que acerca la Presidencia y las Vicepresidencias del Consejo a los centros directivos del Departamento.

El Consejo estará integrado por un Presidente, dos Vicepresidentes, el Secretario y hasta un máximo de veintiocho vocales. La Presidencia corresponde al Subsecretario de Fomento; la Vicepresidencia primera, al Secretario General Técnico de Fomento y la Vicepresidencia segunda, al Subdirector General del Régimen Postal del Ministerio de Fomento. Asimismo, tendrá dos vocales de los que uno corresponderá a la Subsecretaria.








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